Por los razonamientos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- CON LUGAR la demanda de simulación incoada por LIDERAZGO TERCER MILENIO S.C. contra las empresas PROMOCIONES 86 C.A. e INVERSIONES TORRE SOLANO C.A. SEGUNDO.- Simulada la dación en pago documentada en el instrumento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 10 de junio del 2003, bajo el número 4, tomo 10, protocolo 1º, sobre los locales comerciales distinguidos con los números uno (1), tres (3), dieciséis (16) y diecisiete (17), las oficinas distinguidas con los números uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4), cinco (5), seis (6), siete (7), ocho (8), nueve (9), diez (10), once (11), doce (12), trece (13), catorce (14) y quince (15), situados en el edificio Torre Solano, ubicado en la avenida Francisco Solano López, Sabana Grande, Parr.....