Con base a dichas decisiones, se observa que el interés principal del presente juicio asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 475.000,00) y para el día 24 de febrero de 2015, cuando se interpuso la demanda, la cuantía necesaria para acceder al recurso de casación era la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL BOLÍVARES (BS. 381.000,00), por cuanto para esa fecha cada Unidad Tributaria tenía un valor de CIENTO VEINTISIETE BOLÍVARES (BS. 127,00). En consecuencia, se ADMITE el recurso interpuesto y se ordena la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto, además, la recurrida está comprendida dentro de las decisiones pasibles del referido recurso extraordinario. Se deja constancia que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio fue el 26 de septiembre 2016.