Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA CERVANTES JOLO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, SARA ELENA ECHEVARRIA DE GONZÁLEZ y PEDRO GONZÁLEZ DIEZ, contra la providencia dictada el 12 de febrero del 2015 por el Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que se pronunció sobre las pruebas promovidas por la parte actora, como consecuencia de lo anterior, se declara; I) Con lugar la apelación efectuada por la parte actora, a la admisión de la prueba de exhibición de documentos, en consecuencia se ordena al Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ej.....