Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GERARDO QUINTERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, Banco Exterior, C.A Banco Universal, contra la sentencia dictada en fecha 14 de febrero del 2016, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la perención de la instancia. SEGUNDO: En el presente caso SE HA CONSUMADO LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, prevista en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay especial condenatoria en costas.
En virt.....