En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos Alexander Gracia Gracia y Jeannette Josefina García Vega, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 14 de mayo de 1998, ante el Juzgado Tercero de Parroquia (hoy duodécimo de Municipio) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el Acta N° 052 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1998.