En el juicio por estimación e intimación de honorarios judiciales, incoado por el abogado Alejandro Mata Benitez en contra de la sucesión Aranguren Sánchez, en la persona de los ciudadanos José Miguel Alcalá Aranguren y Alberto José Alcalá Aranguren, el Tribunal dictó sentencia interlocutoria conforme a la cual declaró improcedente el pedimento formulado por la parte actora, en cuanto al decreto de medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar, al constatar que no estaban satisfechos los extremos legales exigidos por el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.