En el juicio seguido por la sociedad de comercio General Motors Acceptance Corporación de Venezuela, C.A., contra la ciudadana Neris Jacqueline Solis Yánez, por resolución de contrato de venta con reserva de dominio, el Tribunal dictó sentencia interlocutoria conforme a la cual declaró la perención de la instancia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.