A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA se declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de sustanciar y tramitar -en los términos peticionados- la solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL solicitada por la ciudadana ROMULA MARIA ZAPATA OLIVEROS, titular de la cédula de identidad No. 8.157.870, asistida por el abogado Pedro Vicente Rivas Molleda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 101.799; toda vez que, si bien se alude a la no renovación contractual, se pretende que la arrendataria sea notificada de su obligación de entrega el mismo día en que el contrato vence contractualmente.