A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos JOSE FELIX RIVAS y JOSEFINA COROMOTO SUAREZ ROSALES. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 12 de diciembre de 1978, por ante el Juzgado Segundo de Municipio del Distrito Sucre del Estado Miranda, actualmente, Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Acta Nº 169, del Libro de Registro de Matrimonios correspondiente. Se ordenó librar oficio a la precitado Tribunal, al Registro Principal del Distrito Capital, y a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.