A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA se determinó la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de otorgar a favor del ciudadano HENRY RODRIGUEZ HIDROGO, titular de la cédula de identidad N° V-22.033.081, Titulo Suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en actas, toda vez que, si bien dicho ciudadano argumentó poseer las mismas, en forma pública, pacifica y reiterada, tal condición a criterio de la Alcadía del Municipio Libertador, obedece a una relación contractual que si bien es negada por el solicitante; no obstante, que el oficio de dicha Alcaldía está dirigido a su nombre, en las presentes actuaciones, no existía plena prueba que permitiera a este órgano jurisdiccional otorgar el justificativo peticionado.