Por todos los razonamientos antes expuestos, este juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la demanda que por cobro de bolívares (Tránsito) intentó el ciudadano JOSE MANUEL CRISTOBAL DANIEL, contra la firma MADERAS EL POLO C.A.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES, suma que adeuda la demandada, por concepto de daños sufridos por el vehículo propiedad de la parte actora cuyas características aparecen suficientemente descritas en el texto del presente escrito.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en el proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.