En razón de lo antes expuesto, este juzgado Cuarto de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO intentó CARMINE SIMONE SEBASTIANO, en nombre y representación de DOMENICA SIMONE SEBASTIANO contra BASILIO DE FREITAS. Así se decide.