...se ordena al antiguo Juzgado de la Parroquia El Recreo Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Recreo del Distrito Capital y al Registrador Civil del Municipio Libertador, estampar la nota marginal en el acta de matrimonio, perteneciente a los ciudadanos ALBERTO ENRRIQUE AÑEZ WEIL y TERESITA DELFINO ARRIENS, que a partir de la presente fecha llevara el nombre correcto ALBERTO ENRIQUE AÑEZ WEIL y TERESITA DEL NIÑO JESUS DELFINO ARRIENS. Dicha partida aparece inserta bajo el N° 345 y queda rectificada de la siguiente manera: En donde dice los ciudadanos ALBERTO ENRRIQUE AÑEZ WEIL y TERESITA DELFINO ARRIENS, a partir de la presente fecha deberá decir ALBERTO ENRIQUE AÑEZ WEIL y TERESITA DEL NIÑO JESUS DELFINO ARRIENS. Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de .....