Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la acción de INTIMACION DE COSTAS PROCESALES, interpuesta por la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA MATOS LEÓN, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE FERNANDO VARELA, parte actora en el juicio seguido contra la sociedad mercantil RESTAURANT DA GUIDO, C.A., todos identificados en el texto del presente fallo.
Por la naturaleza del presente fallo y a la sentencia emanada de nuestro Máximo Tribunal, en Sala Constitucional, con ponencia de la Magistrada GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO, de fecha 23 de marzo de 2.011, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de Sentencia respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala .....