Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara ante este Juzgado el ciudadano CARLOS VICTOR VIVAS TERRERO, contra el ciudadano PARSIFAL D´SOLA C., todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia:
1ºSe condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte actora, libre de bienes y personas, del inmueble arrendado identificado con la letra y número 8-C, ubicado en el piso 5, Torre C, del Edificio "RESIDENCIAS VILLA QUIROGA", el cual se encuentra situado en la 10° Transversal de Altamira, Urbanización Altamira, Municipio Chacao, Estado Miranda, junto con el inventario de bienes muebles que se encuentra descrito en el instrumento que constituye el anexo del contrato de arrendamiento.
2° Se condena en costa.....