Visto estos autos, este Tribunal a los fines de proveer lo conducente previamente observa que por cuanto he sido designada Juez Provisoria de este Juzgado, me aboco al conocimiento de la presente causa. Asimismo, visto el convenimiento celebrado en fecha 17 de diciembre del 2007 entre los Dres. GELLET SILVA y MOISES CABRERA, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 60.303 y 12.363, respectivamente, apoderados judicial de la parte actora, JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS ARAMIS, y el ciudadano MARTINHO RODRIGUES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad No. 12.625.461, en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por el Dr. DOUGLAS UGUETO PINTO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.25.073, y constatado como ha sido que a la representación judicial de la parte actora le fue conferida facultad para desistir, según se evidencia del instrum.....