III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue YASMINA LUCIA OMODIO DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.359.036 en contra de los ciudadanos CRUZ OSWALDO GONZALEZ, EMILIANA DEL CARMEN FUENTES DE GONZALEZ Y RAFAEL HUMBERTO HERRERA, venezolanos mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nros. 3.288.226., 3.734.643 y 3.593.594
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De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código Procesal Civil, no hay lugar a costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL.....