Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SUSPENSIÓN DE LA CAUSA en la demanda que por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria), incoaron los ciudadanos MAIRIN ANUEL SANCHEZ y JOHAN SANTIAGO ANUEL contra los ciudadanos JESUS RAMON SANTIAGO y MARIA SOLEDAD MARISOL HERNANDEZ TORRES, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia se suspende en este estado la presente causa hasta tanto conste en autos resuelta definitivamente la situación interpuesta en al jurisdicción penal Intentada en contra del ciudadano GIOBERTHI ANUEL VALDIVIESO.
A tenor de lo señalado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte actora.
A tenor de lo señalado en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil se ordena la notificación del presente fal.....