Con lugar la oposición formulada contra la medida de secuestro. En consecuencia, suspende la misma y reintegra a la parte demandada al inmueble que fue objeto de la misma, que es un apartamento distinguido con el No.35, ubicado en el tercer piso de la Torre A del Edificio "Alheli", de la Primera Avenida entre Primera y Segunda Transversal de los Palos Grandes, Chacao, Caracas . Hay condena en costas por razón del vencimiento.