Se declaró la incompetencia del Tribunal por el valor para conocer el presente caso. Y declinó a favor de una Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y de Tránsito de este misma Circunscripción Judicial.
Como quiera que entre ambos Tribunales no hay un Superior común, deberá remitirse el expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.