Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda por Resolución de Contrato de Obra incoada por los Ciudadanos JOSÉ GREGORIO RASPATELLA CAPODANNO y CARELYS ANTONIA CÁRDENAS REY, identificados en autos, en contra de la Sociedad Mercantil VAS COCINAS, C.A., también identificada en autos.
SEGUNDO: Se declara la Resolución por incumplimiento del Contrato de Obra suscrito el día 13 de septiembre de 2012, por incumplimiento de la parte demandada, a la firma de comercio VAS COCINAS, C.A.
TERCERO: Se condena a la parta demandada al pago de la cantidad de SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100 BOLÍVARES (Bs. 68.000,00), por concepto de indemnización de los daños y perjuicios como consecuencia del señalado incumplimiento.
CUARTO: Se condena a la demandada al pago de los intereses moratorios generados por la suma de SESENTA .....