En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos DAVID JESÚS LEÓN ORTIZ y THAMARA MARGARITA ARTEAGA SALAZAR. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el 9 de Octubre de 2001, contrajeron matrimonio ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital.