Se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por Cobro de Bolívares intentada por ALEJANDRO BELLO SILGADO contra el ciudadano MICHELE INTOCCIA RUSSO. SEGUNDO: Se CONDENA a la parte demandada a pagarle a la actora la suma de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000), por concepto de capital del préstamo otorgado por el actor. TERCERO: Se CONDENA igualmente a la parte demandada a pagarle a la actora la suma que por concepto de intereses resulte al aplicarle al citado capital la rata del uno por ciento anual (1%), calculados desde el 24 de marzo de 2000 hasta la fecha en que quede definitivamente firme este fallo, a través de una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.