PRIMERO: Se declara improcedente la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano FRANCISCO SOSA PARAVICINO en contra de ANA CECILIA MARQUEZ MORENO ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada, prevista en el ordinal 11º del art.346 CPC
Por la condenatoria del fallo, siendo que no hay vencimiento total, no se condena en costas a ninguna de las partes.
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el artículo 248 eiusdem, y por cuanto la presente sentencia fue dictada fuera del lapso legal, será necesaria la notificación de las partes. Publíquese y regístrese la anterior decisión. Notifíquese.