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DECISION
Por los razonamientos que anteceden, éste Tribunal NOVENO DE MUNICIPIO de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda intentada por GLADYS MATA DE ZAMORA y ALEJANDRO ZAMORA ESTEVES, contra JUDITH CARMINA PEREZ; y como consecuencia de ello, se CONDENA a la demandada, PRIMERO: Al Desalojo y consecuentemente Entrega Material del inmueble constituido por un Local Comercial, ubicado en el Centro Comercial Las Danielas, Carretera Vieja de Baruta, Local 2-4, Nivel 2, Las Minas de Baruta, Municipio Baruta del Estado Miranda, completamente desocupado libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.-
Se condena en costas a la parte Demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-