el Tribunal NIEGA expedir las copias certificadas solicitadas, por cuanto los fotostatos consignados mediante la misma no corresponden a dicha solicitud de Titulo Supletorio el cual cursa por ante este Juzgado con el Nº AP31-S-2010-003048. En consecuencia, el Tribunal insta a la parte solicitante a que consigne las copias correspondientes a los fines de expedir lo solicitado.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA P.
En esta misma fecha se requiere las copias a los fines de su certificación.-
LA SECRETARIA,
IPB/MA/ antonio.-
Exp. N° AP31-S-2010-003048.-