En virtud De los fundamentos anteriormente expuesto, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos que dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoara la Sociedad Mercantil INBEFAR C.A., en contra del ciudadano JUAN GONZALEZ, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito por ante la Notaria Pública Sexta del Municipio Chacao, del Estado Miranda anotado bajo el N° 59, Tomo 49, de los Libros de Autenticaciones, celebrado entre las partes, en fecha 22 de marzo 2007 y como consecuencia de ello, se CONDENA a la parte demandada, ciudadano JUAN GONZALEZ, a realizar la ENTREGA MATERIAL real y e.....