Se dictó Sentencia Defintiiva declarando la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, ciudadanos JOSÉ OLINTO FERNÁNDEZ Y TERESA RAPALE DE MAESTRES. Asimismo, se declaró CON LUGAR la pretensión Mero Declarativa que por EXTINCION DE HIPOTECA ESPECIAL Y CONVENCIONAL DE PRIMER GRADO por efecto del transcurso del tiempo, incoaran la ciudadana NICO MARIA EUGENIO DE OSORIO, en contra de los ciudadanos JOSÉ OLINTO FERNÁNDEZ Y TERESA RAPALE DE MAESTRES, y como consecuencia de ello se declaró EXTINGUIDA la HIPOTECA ESPECIAL Y CONVENCIONAL DE PRIMER GRADO, celebrada en fecha 31 de Octubre de 1.989, por ante la Oficina de Registro Subalterno del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nro. 20, Tomo 15, Protocolo Primero, la cual pesa sobre el bien inmueble objeto de la controversia.