Este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por el Registro Civil de Nacimientos, de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el N° 627, folio 323 VTo., del año 1946, de fecha 27 de marzo de 2006, solicitada por el ciudadano FREDDY JESUS OLDENBURG FLORES, plenamente identificado en autos.
En consecuencia, donde dice: "...FREDY", debe decir "FREDDY", por lo que se ordena estampar al margen de la partida rectificada la nota marginal que prevé el artículo 502 del Código Civil Venezolano, todo de conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se ordena librar oficio al Registro Civil de Nacimientos, de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines que de .....