En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, sociedad mercantil GLOBAL OFFICE 2005, C.A., en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES incoara en su contra la sociedad mercantil CARACAS PAPER COMPANY, S.A. (CAPACO), ambas partes plenamente identificadas en el fallo
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLIVARES incoara la sociedad mercantil CARACAS PAPER COMPANY, S.A. (CAPACO), en contra de la sociedad mercantil GLOBAL OFFICE 2005, C.A., ya antes identificadas.
-TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se CONDENA a la parte demandada en la causa, sociedad mercantil GLOBAL OFFICE 2005, C.A., al pago de la suma de Setenta y Si.....