De la revisión exhaustiva de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, así como de los documentos aportados a la misma se evidencia claramente que no consta en los recaudos anexos a la presente solicitud, las actas de defunción de los ciudadanos PABLO ROBERTO MARQUEZ RIBULLEN Y MARIA FRANCISCA GARCIA DE MARQUEZ, antes identificados, de quienes se pretende la solicitud de declaración de Únicos Universales Herederos en consecuencia y vista la falta de actas documentales que fundamenten la causa objeto de la presente solicitud, se declara INADMISIBLE la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, formulada por la abogada MARBELLA MARQUEZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.972, actuando en su propio nombre y MIRIAM MARQUEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 4.774.483, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MAGALY HERMELINDA MARQUEZ GARCIA Y RUTH MARIA MARQUEZ GARCIA, venezo.....