Así las cosas, se hace necesario destacar que la naturaleza de la acción resolutoria es la facultad que tiene una de las partes contratante en un contrato bilateral, de pedir la terminación del mismo y consecuencialmente la liberación de su obligación, si la otra parte no cumple a su vez con la suya, es decir, en resumen, la acción resolutoria busca la terminación del nexo jurídico existente entre las partes en un contrato bilateral motivado por el incumplimiento culposo de una de ellas y el cumplimiento de contrato está dirigido a la ejecución de la obligación contraída.
Por lo que al pretender la actora el cumplimiento de obligaciones accesorias al contrato de arrendamiento, esto es, el pago de condominio, energía electrica y otros servicios de manera autónoma y a la vez solicitar la Resolución del contrato por incumplimiento de su arrendatario, evidencia como quedó plasmado con anterioridad, una acumulación prohibida de pretensiones, razón por la cual habiéndose constatado que .....