en consecuencia, se declara CON LUGAR LA DEMANDA de desalojo interpuesta por la sociedad mercantil FINANCIADORA IBEMIR, C.A, contra el ciudadano ANTONIO MARTINS ALFESA, en consecuncia
PRIMERO: Se condena al demandado a entregar a la actora el inmueble distinguido con el N° 18 y el puesto de estacionamiento N° 13 del Edificio El Carmen, ubicado en la Calle Maracay, Urbanización El Marqués, Municipio Sucre del Estado Miranda. SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar por concepto de Daños y Perjuicios la cantidad de Mil Ciento Sesenta y Dos Bolívares con Noventa y Dos Céntimos (Bs. 1.162, 92), suma equivalente a los cánones de arrendamiento dejados de percibir desde octubre de 2008 hasta enero de 2009, ambos inclusive.
TERCERO: Se condena al demandado a pagar la suma de Doscientos Noventa Bolívares con Setenta y Tres Céntimos (Bs. 290,73) mensuales como indemnización de Daños y Perjuicios, por la ocupación del inmueble desde febrero de 2009, hasta la fecha en que la presente decisión q.....