en tal sentido, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento y en consecuencia EXTINGUIDA LA PRESENTE CAUSA, conforme a lo establecido en el artículo 105 eiusdem. Así se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.