En fuerza de las anteriores consideraciones éste Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la SOCIEDAD ADMINISTRADORA MULTICENTRO, S.R.L, en contra la ciudadana LIRIDA DEL MILAGRO IBAÑEZ YAGUARAMAY, todos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada:
1.- Entregar el inmueble arrendado constituido un apartamento identificado con el N° 11, ubicado en el Edificio CORCEGA, situado en la Avenida Casanova, entre Calle Las Delicias y Abraham Lincoln, Urbanización Bello Monte (sección este), Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital