De todo lo anteriormente expuesto queda claro, que no puede acumularse en un mismo libelo la pretensión de cobro de bolívares vía intimación para pretender Intimar honorarios profesionales extrajudiciales y la pretensión de daños y perjuicios, ya que cada una de estas pretensiones tienen su procedimiento distintos, y son incompatibles, motivo por el cual la parte actora debe plantear su pretensión utilizando las vías previstas en la Ley de Abogados.
En consecuencia, de lo anterior este tribunal declara inadmisible la presente demanda de Cobro de Bolívares vía intimación para intentar intimar honorarios profesionales extrajudiciales y daños y perjuicios, ya que dichas pretensiones deben ser sustanciadas conforma a procedimientos distintos. Y así se decide.-