Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, y actuando de conformidad a lo establecido en los Artículos 887 y 362 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la ciudadana MILEVA ESCALONA RIGUAL, conforme a lo pautado en el Artículo 887 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana MIREYA ÁVILA MERCHÁN en contra de la ciudadana MILEVA ESCALONA RIGUAL, ambas partes plenamente identificadas al inicio del presente fallo.
TERCERO: En consecuencia, se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte actora del inmueble constituido por el Apartamento número Veintidós (22) ubicado en el piso dos (2), del Edificio "Rostol", situado c.....