DISPOSITIVA
En este orden de ideas, este Tribunal procede a HOMOLOGAR LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, existentes entre los ciudadanos FRANCIA PASTORA TORRES DELGADO y JOSE MIGUEL UGUETO ESCOBAR venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.573.039 y 6.439.188 respectivamente, actuando en su propio nombre y representación, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 92.984 y 27.715, en la forma por ellos convenida en su escrito de Transacción de fecha 15 de Noviembre de 2010,de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.
Como consecuencia de la homologación y adjudicación antes señalada, se declaró disuelta y extinguida la comunidad de los bienes conyugales ya descritos en esta sentencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda, expedir copias certificadas del escrito de fecha 15 de Noviembre y de la presente de.....