DISPOSITIVA-
Con base a todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa que por DESALOJO incoaran los Ciudadanos EDGAR ALBERTO FIGUEROA IZAGUIRRE, TEOBALDO JOAQUIN FIGUEROA IZAGUIRRE, ODUARDO ERNESTO FIGUEROA IZAGUIRRE Y GLADYS ALEJANDRINA FIGUEROA IZAGUIRRE, en contra la Sucesión del de cujus PEDRO RAMON ANCELMO, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el presente proceso.-
-TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas, ello de conformidad en lo pr.....