-DISPOSITIVO-
En virtud, de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia conforme a lo dispuesto en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR el derecho al Cobro de los Honorarios Profesionales incoado por los ciudadanos JOEL ALBORNOZ E ISMAEL FERNANDEZ DE ABREU, en contra del ciudadano ABEL VIERA COELHO, condenado en costas, en la sentencia de fecha 29 de Septiembre de 2009 por este mismo Juzgado, en el juicio que por OFERTA REAL Y DE DESPOSITO siguiera la INES JANETH DE FREITAS FREITAS en contra del referido ciudadano.
-SEGUNDO: En acatamiento de la Sentencia proferida por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de Agosto de 2004, se ordena la intimación del ciudadano ABEL VIERA COELHO, para que comparezca ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despa.....