Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos EDUARDO JOSE SOTO RAMIREZ y GEMAR COROMOTO DELGADO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.880.714 y V-12.058.126, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 17 de marzo de 1989, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de matrimonio Nº 109 del libro de matrimonios correspondientes al año 1989.