DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de la Prórroga Legal, intentada por la Sociedad Mercantil ROMI RAICES 294 C.A., contra el ciudadano ADEL SAMI KORBAN CABALAN, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia, quedando extinguido el contrato locativo suscrito en fecha 01 de marzo de 2005, quedando así extinguido tal vínculo obligacional.
SEGUNDO: Con vista a la anterior declaratoria se condena a la parte demandada en hacer entrega material, real y efectiva a la parte actora del bien inmueble de autos constituido por el Departamento o local u oficina Nro. 41, piso 4, del Edificio Re.....