-III-
DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAFAEL PONTE BENATAR y MARIANELA LEDEZMA FORTOUL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.766.134 y V-5.541.227, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Juzgado Primero de Parroquia del Distrito Federal del Circuito Judicial Número Uno (hoy Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), en fecha 23 de junio de 1983, según se evidencia de Acta de Matrimonio Nro. 135, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil. Así se decide.
Expídanse copias certificadas .....