-III-
DISPOSITIVA
Por el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la presente transacción suscrita por la parte actora ciudadana Lucia Beatriz Casañas, la parte demandada ciudadano Georges Daoud Tannous y el beneficiario inicial de la letra de ciudadano Moisés Fefer Dimanti, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO ORAL) sigue la ciudadana LUCIA BEATRIZ CASAÑAS contra el ciudadano GEORGES DAOUD TANNOUS, y la misma solo tiene efecto entre las partes que la suscriben.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de Caracas, a los seis (6) días del mes de Agosto de dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,
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