-III-
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VÍA DE INTIMACIÓN) sigue BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A, (Banco en Proceso Liquidación Administrativa), contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA SARES C.A, representada por su Director ciudadano SERFATY VAINSTEIN SALOMÓN, y la ciudadana BENSAYAG ATTIAS ALEGRIA, en su condición de Fiadora Solidaria de todas las obligaciones de la empresa, ambas partes identificadas con anterioridad, signado con el expediente No. AP31-M-2012-000294 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, concat.....