SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda de Acción de Repetición incoada por el FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCION BANCARIA (FOGADE) en contra de la ciudadana PETRA MARIA URIBE DE MACHADO, y como consecuencia de ello DECLINA LA COMPETENCIA de la misma en los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.