-III-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos NEREIDA JOSEFINA SOSA DE PARUCHO y ANDRÉS ANTONIO PARUCHO GOITÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.301.698 y V-1.196.379 respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 03 de julio de 1973, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Antímano Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de matrimonio Nº 190, del libro de matrimonios correspondiente al año 1973.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda no.....