-III-
DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer de la presente demanda de Nulidad de Asamblea intentada por los ciudadanos Eduardo Enrique Albornoz García, Pablo Ramón Rodríguez Castillo, Arturo José Palacio Martínez, Pablo Tulio Montes Vides, José David Ruiz Ascanio, Carlos Enrique Vicuña, Robert Edinson Vicuña Y Trino Vicente Ibarra Laguado, respectivamente contra la Sociedad Mercantil Línea de Taxis, SERVICIOS DE AUTOMÓVILES HOSPITAL CLÍNICO Y CIUDAD UNIVERSITARIA, y como consecuencia de ello DECLINA LA COMPETENCIA de la misma en los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Remítase el presente expediente original junto con oficio a la Unidad de.....