II
DISPOSITIVA
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana NELIDA STELLA MARQUEZ RAUSSEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.337.495, solicitada por su hija, ciudadana DAYLEANA STELLA ROJAS MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.369.493.
SEGUNDO: En virtud de la INTERDICCIÓN PROVISIONAL decretada se designa como TUTOR INTERINO de la entredicha, al ciudadano MANUEL ESTEBAN ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.013.523, cónyuge la ciudadana declarada provisionalmente entredicha, a quien se ordena notificar de la presente decisión a los fines de su aceptació.....