-III-
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente acción de DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano HERNANDEZ ROMULO ANTONIO, contra los ciudadanos HERNANDEZ SANCHEZ ROMULO ANTONIO y GODOY FRANCYS NATACHA, por no reunir los requisitos contenidos en los ornidales 5° y 7° del articulo 340 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas a los Veintitrés (23) días del mes de Abril de dos mil doce (2012). AÑOS: 201° Y 153°
LA JUEZ,
DAYANA ORTIZ RUBIO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
FANNY LUCES GUERRA
En la misma fecha siendo la una de la tarde .....